Protege el patrimonio familiar y personal, asumiendo el pago de una indemnización por el perjuicio sufrido a causa del diagnóstico y sobrevivencia, de algunas enfermedades catastróficas o de alto costo (infarto, esclerosis, ACV, perdida de audición, pérdida de visión, perdida de miembros inferiores o supriores y otras).